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1. El objetivo general que se persigue con la financiación de estancias por parte de personal
investigador en las entidades de acogida es incrementar la presencia activa del conocimiento
científico en el día a día en estas entidades, fomentando su interés por el método científico y sus
resultados, e incentivando el asesoramiento científico y el intercambio de conocimiento entre las
administraciones públicas y la comunidad científica.
2. Los objetivos específicos que se persiguen con la financiación de las actividades y estancias
objeto de estas ayudas son:
-Promover la integración del conocimiento científico en determinados retos
de las políticas públicas de las entidades de acogida.
-Mejorar el conocimiento y las capacidades del personal de las entidades de
acogida para la colaboración efectiva y el intercambio de conocimiento con la comunidad
académica, para el diseño y ejecución de políticas informadas por la evidencia científica, y
para la investigación científica con datos administrativos.
-Mejorar el conocimiento y las capacidades del personal participante para el
desarrollo de futuros trabajos de investigación con impacto en el diseño de políticas públicas,
para la colaboración efectiva y el intercambio de conocimiento con las administraciones
públicas, y para la investigación científica con datos administrativos.
-Promover la colaboración entre el personal participante y el de la entidad de
acogida.
-Aumentar la capacidad de las entidades beneficiarias para la investigación
orientada a las políticas públicas.
-Construir conexiones duraderas entre las entidades beneficiarias y las de
acogida para el intercambio de conocimiento en las políticas públicas de las entidades de
acogida.
-Generar una red o comunidad de práctica a largo plazo del personal
participante.
1. El personal participante en la estancia deberá ser personal investigador que mantenga con la
entidad beneficiaria una vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, en servicio activo. Durante el
tiempo que transcurra desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la estancia y
actividad objeto de ayuda se habrá de mantener la relación funcionarial, estatutaria o laboral con la
que se ha concurrido a la convocatoria. Si hubiese un cambio en dicha relación con la entidad
beneficiaria, deberá comunicarse a la FECYT para verificar que siguen cumpliéndose los requisitos
requeridos.
2. El personal participante deberá acreditar estar en posesión del título de doctor y cumplir los
requisitos de conocimientos y capacidades establecidos para cada reto de asesoramiento científico en
políticas públicas a realizar.
3. El personal participante queda sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
-Realizar la actividad de acuerdo con las normas establecidas en la convocatoria.
-Incorporarse en la entidad de acogida en la fecha que se establezca en la resolución de
concesión.
-Comunicar a la entidad beneficiaria cualquier modificación que afecte al periodo de la
estancia y actividad.
-Realizar la estancia ininterrumpidamente.
-Cumplimentar y remitir a la entidad beneficiaria los documentos acreditativos de la
incorporación y justificativos de la estancia.
-Cumplir el período íntegro de la estancia para la consecución del objeto de la ayuda,
con plena dedicación, con un mínimo del 20% de la duración de la estancia en modalidad presencial
-Comunicar para su valoración por la FECYT la realización de cualquier actividad o la
percepción de cualquier ayuda que pueda ser causa de incompatibilidad.
-Mantener con la entidad beneficiaria durante el período de la estancia y hasta el fin de
la actividad objeto de la ayuda la vinculación
-Comunicar a la entidad beneficiaria, la renuncia a la ayuda o la baja, en caso de que
una vez incorporado a la entidad de acogida se vea obligado a abandonar la labor investigadora
objeto de la misma.
-Colaborar con la entidad beneficiaria para las actuaciones de comprobación y control
Ver plazos internos en guia
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