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El objeto de esta actuación es la financiación de proyectos de I+D+I en salud, como principal fuente de soporte a la investigación realizada dentro del SNS y en los centros de investigación vinculados a su ámbito.
a) Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables (IP y co-IP).
b) Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y estará liderado por uno o por dos investigadores principales responsables (IP y co-IP). Uno de los proyectos actuará como coordinador y será su IP o sus dos IP, en su caso, los responsables del desarrollo del proyecto. Los proyectos coordinados podrán ser convertidos de oficio en proyectos individuales si la coordinación se considerara innecesaria.
c) Proyectos multicéntricos: realizados de acuerdo a un protocolo único, en más de un centro. Cada proyecto tendrá un equipo y estará liderado por uno o por dos investigadores principales responsables (IP y co-IP). En este tipo de proyectos, se podrá optar por una de las posibilidades siguientes:
c.1) Proyecto multicéntrico con un centro beneficiario de la ayuda. Presentación de una única solicitud por el centro al que esté vinculado la persona o las personas que actúen como IP y co-IP, que actuará/n como coordinador/es, figurando en un mismo equipo todos los investigadores colaboradores, con independencia del centro desde el que participen. A estos efectos la vinculación del/de los investigador/es principal/es deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 3.4.
c.2) Proyecto multicéntrico con varios centros beneficiarios de la ayuda. Presentación de una solicitud por cada uno de los centros participantes, con uno o dos investigadores principales en su caso y un equipo de investigación por cada solicitud presentada. Uno de los proyectos actuará como coordinador y será el responsable de la coordinación científica y del seguimiento del proyecto.
Ver guía
¡IMPORTANTE! De manera obligatoria, las personas investigadoras que actúan como investigador principal o Co-Investigador Principal, y estén adscritos a un IIS deberán consignarlo como centro (solicitante o de realización, según proceda) al cumplimentar la solicitud. La adscripción de la persona investigadora a un IIS, será verificada por el órgano instructor con la información facilitada al ISCIII disponible en la aplicación PEASIIS. En caso de estar en la relación de personal adscrito a un IIS y no se consigne así en la solicitud, dicha situación deberá ser subsanada. Cuando se consigne el IIS como centro solicitante o de realización, según proceda, la comprobación de no adscripción, supondrá la inadmisión de la solicitud en la resolución provisional de admisión. La no subsanación en el período establecido, supondrá la inadmisión de la solicitud con carácter definitivo. En cualquier caso, el personal investigador sólo podrá estar adscrito a un único IIS. El incumplimiento de esta disposición supondrá la inadmisión de la solicitud. Art. 3.4"
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