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Ayudas para incentivar la consolidación investigadora 2025

Año
2025
Fecha plazo inicio
Fecha plazo fin
Plazo interno
Idioma de presentación
Español
Tipo de financiación
Financiación (100% de intensidad)
Descripción

1. La presente convocatoria tiene por objeto la aprobación para el año 2025 del procedimiento
de concesión de ayudas para incentivar la consolidación investigadora, incluido en el
Programa Estatal de Recursos Humanos, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica
y de Innovación para el período 2024-2027.
2. Estas ayudas tienen como finalidad fomentar la consolidación de la carrera profesional de
personas investigadoras, nacionales y extranjeras, para que puedan desarrollar su carrera
profesional dentro del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI),
incentivando la creación de plazas de carácter permanente y facilitando el inicio o el
afianzamiento de una línea de investigación mediante la financiación de un proyecto propio
de I+D+i, así como la adecuación y renovación de los espacios y laboratorios y la mejora del
equipamiento, necesarios para su ejecución.

Beneficiarios
  • 1.-REQUISITOS DEL/DE LA INVESTIGADOR/A PRINCIPAL DE LA ACTUACIÓN (IP)
  • 1.1.-Titulación de doctor/a.
  • 1.2.-Actividad científico-técnica: A fecha de inicio de presentación de solicitudes debe cumplir al menos uno de los requisitos que se detallan a continuación:
    • 1.2.1.- Estar en posesión del certificado R3, emitido por la Agencia Estatal de Investigación, independientemente del procedimiento en el que se haya obtenido.
    • 1.2.2.- Estar en posesión del certificado I3 obtenido, bien tras haber superado la evaluación establecida en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), conforme a los criterios establecidos en la Resolución de 20 de julio de 2005 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación de dicho programa, bien conforme al procedimiento establecido en la Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
  • 1.3.-A fecha de inicio de presentación de solicitudes, no estar ocupando un puesto de trabajo de carácter permanente en la entidad solicitante. Tampoco se podrá estar ocupando un puesto de trabajo de carácter permanente en una entidad distinta de la solicitante, si está adscrito nominalmente a la entidad solicitante a través de un convenio general, acuerdo marco de colaboración o documento equivalente, entre la entidad solicitante y dicha entidad.
  • 1.4.-A fecha de inicio de presentación de solicitudes, no pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de las Universidades públicas, ni ser personal investigador funcionario de carrera al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, ni estar contratado/a en una Universidad pública española como profesor/a contratado/a doctor/a o profesor/a permanente laboral (o bajo figuras equivalentes de agencias autonómicas).
  • 1.5.-A fecha de inicio de presentación de solicitudes, no haber superado un proceso selectivo o haber resultado propuesto en un concurso para el ingreso o acceso a alguno de los cuerpos, escalas o plazas recogidas en el punto anterior.
  • 1.6.-Vinculación con la entidad solicitante: no será necesaria la misma en el momento de presentar la solicitud ni durante el procedimiento de concesión, pero sí desde, al menos, el inicio del quinto mes de ejecución del proyecto y hasta la finalización del proyecto, admitiéndose, por tanto, la falta de vinculación durante los cuatro primeros meses de ejecución.
  • 1.7.-Régimen de participación y compatibilidad:
    • 1.7.1.-El/la mismo/a IP no podrá figurar en más de una solicitud presentada a esta convocatoria ni figurar como IP en una solicitud de la convocatoria 2025 del programa ATRAE de la Agencia Estatal de Investigación.
    • 1.7.2.-No figurar como IP en una solicitud financiada mediante una convocatoria anterior de esta actuación ni mediante una convocatoria del programa ATRAE de la Agencia Estatal de Investigación.
    • 1.7.3.-No habrá incompatibilidad con la participación en proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias de proyectos de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, del VII Programa Marco de I+D+i, de los Programas Marco de I+D+i Horizonte 2020 y Horizonte Europa o de iniciativas de Programación Conjunta del Espacio Europeo de Investigación, de los Planes Regionales de I+D+i de las Comunidades Autónomas, o de cualquier otra convocatoria, siempre y cuando se respete el límite máximo de horas/año para cada categoría profesional establecido en el convenio laboral o equivalente de la entidad del/de la IP.
Más información

En breve se publicará procedimiento interno con fechas de obligado cumplimiento

Junio 2025

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