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1. La presente resolución tiene por objeto la aprobación para el año 2026 del
procedimiento de concesión de ayudas a redes de investigación, en el marco del
Programa Estatal de Transferencia y Colaboración, del Plan Estatal de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación para el período 2024-2027.
2. Estas ayudas tienen como finalidad la creación de redes de investigación para
promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de
investigación existentes. De este modo se generan sinergias entre grupos de
investigación de distintas instituciones. Las actividades científico-técnicas a las que van
dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución
de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían
financiarse a través de otros instrumentos
Las ayudas objeto de esta convocatoria financiarán las actividades para la creación y
desarrollo de redes de grupos de investigación destinadas a:
a) Fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad
entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del
Plan Estatal de I+D+I, así como incrementar el impacto de los resultados de
investigación obtenidos en dichos proyectos (Modalidad: Redes temáticas).
Las redes temáticas tendrán preferiblemente un carácter transversal en una
determinada área o subárea de conocimiento favoreciendo la creación de sinergias en
la misma.
b) Fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras
Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de
ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de
Innovación (Modalidad: Redes ICTS).
c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de las siguientes iniciativas
estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales (Modalidad: Redes estratégicas):
1.º Alianzas de I+D+I reconocidas como tales por el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades (o el Ministerio competente en materia de I+D+I en el momento de su
constitución).
2.º Consorcios Europeos de Infraestructuras (ERIC, en sus siglas en inglés).
3.º Asociaciones o agrupaciones de investigadores/as o grupos de investigadores/as,
constituidas formalmente o no, que abarquen una representación significativa de una
determinada área, disciplina o segmento de la comunidad investigadora, con la finalidad
de elaborar estrategias, hojas de ruta o propuestas de interés estratégico que permitan
asesorar a las autoridades políticas.
4.º Agrupaciones de grupos de investigación que participen en actividades conjuntas en
grandes infraestructuras u organizaciones de carácter internacional con la finalidad de
facilitar y promover una participación relevante española en la misma.
d) Planificar actividades conjuntas futuras y consolidar los resultados de actividades de
I+D+i obtenidos en las actuaciones financiadas en los Planes Complementarios de
I+D+i, que se recogen en el anexo IV, de coordinación entre las Comunidades
Autónomas y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (Modalidad: Redes
para Planes Complementarios).
4. Las redes de investigación no deben desarrollar objetivos propios de la investigación,
que corresponden a las convocatorias de ayudas para proyectos de investigación.
MUY IMPORTANTE:
Plazos internos de obligado cumplimiento:
Borrador: Enviar a gesinves@unizar.es, hasta el 19 de junio de 2026. Se recomienda que remitan en ese momento las autorizaciones de externos (que incluyan el compromiso de mantenimiento de la vinculación durante toda la ejecución del proyecto).
DEFINITIVO: Una vez confirmado o modificado el borrador, debe entregarse hasta el 25 de junio de 2026, el definitivo firmado por todos los miembros, al correo que se indique después de la revisión.
Si finalmente no se dispone de alguna autorización (que debe incluir en todos los casos, el compromiso de mantenimiento de la vinculación durante toda la ejecución del proyecto), esa persona no podrá participar. Por ello, deben asegurarse antes de cerrar el proyecto.
Los investigadores de Unizar que vayan a participar en redes de otros Centros y requieran autorización (ver archivo adjunto), deben presentarla con al menos, tres días hábiles de antelación
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