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Convocatoria de ayudas a redes de investigación

Año
2024
Estado
Abierta
Fecha plazo inicio
Fecha plazo fin
Plazo interno
Idioma de presentación
Español
Descripción

 La presente resolución tiene por objeto la aprobación para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas a redes de investigación, en el marco del Programa Estatal de Transferencia y Colaboración, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación para el período 2024-2027.

Estas ayudas tienen como finalidad la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes. De este modo se generan sinergias entre grupos de investigación de distintas instituciones. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos.

Beneficiarios

1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, de conformidad con el artículo 3 de las bases reguladoras, las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

 a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. 

b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

 c) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.

 d) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.

 e) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

f) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.

 g) Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.

 

Más información

Ampliado plazo de presentación de solicitudes

-Plazo interno para la entrega del borrador: 28 de junio de 2024

-Plazo interno para la entrega del documento definitivo firmado y con las autorizaciones (que deben incluir el compromiso de mantenimiento de la vinculación durante todo la duración de la red): 5 de julio de 2024

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