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de personal investigador predoctoral en formación, bajo la modalidad de contrato predoctoral, en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. El número de contratos predoctorales subvencionados dependerá de las disponibilidades presupuestarias existentes, figurando en el apartado decimotercero la cuantía desglosada por todas las anualidades, para financiar sesenta y cinco contratos, incluyendo la reserva para financiar un contrato con una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
3. Las subvenciones se regirán por lo dispuesto en esta convocatoria y por lo previsto en la Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento, y en el resto de la normativa estatal y autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
1 . Tendrán la consideración de personal investigador predoctoral en formación, a efectos de esta convocatoria, quienes:
a) Estén en posesión del título de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado o del título universitario de grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System), y hayan sido admitidos o admitidas en un programa de doctorado según lo dispuesto en el apartado cuarto, 1, a).
b) Estén en posesión del título universitario de grado y del título de máster universitario, o equivalente, que sumen al menos 300 créditos ECTS, y hayan sido admitidos o admitidas en un programa de doctorado según lo dispuesto en el apartado cuarto, 1, a).
2. Podrán ostentar tal condición las personas tituladas universitarias de nacionalidad española, o de un país miembro de la Unión Europea, o personas extranjeras que tengan autorización de residencia en España en el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de que el título se haya obtenido en una universidad o centro de enseñanza superior de un país extranjero ajeno al Espacio Europeo de Enseñanzas Superiores (EEES) deberá haber obtenido la credencial de homologación o la certificación de equivalencia del título extranjero, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
Los interesados deben presentar la solicitud a través de solicita (en breve se adjuntará enlace) con fecha límite el 24 de junio de 2025 para que la Universidad de Zaragoza pueda presentar todas las solicitudes en el plazo oficial fijado.
Posteriormente, el personal investigador predoctoral en formación para el que se haya presentado la solicitud anterior , podrá acceder a la plataforma PIP para aportar el resto de datos y documentos desde el 7 de julio al 31 de julio de 2025.
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