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1. El objeto de esta resolución es la aprobación de la convocatoria, correspondiente al año
2025, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de un máximo de 14
proyectos de I+D+i en las líneas que, referentes a los programas contemplados en el Plan de
I+D+i del Consejo de Seguridad Nuclear 2021-2025, se relacionan a continuación:
a) Desarrollo de metodologías para la caracterización radiológica en zonas afectadas por
contaminación radiológica.
b) Sistema de integración de datos radiológicos para la toma de decisiones durante una
emergencia en base a niveles de intervención operacionales.
c) Radiobiología: dosimetría biológica. Mejora de la dosimetría ocupacional en prácticas
médicas de cardiología intervencionista.
d) Gestión sostenible de residuos NORM.
e) Geomonitorización del terreno en emplazamientos y zonas de influencia de instalaciones
nucleares, del ciclo de combustible, de antigua minería del uranio e industrias NORM.
f) Metodología para mejor interpretar y correlacionar los distintos métodos de
caracterización dinámica del terreno (in situ y de laboratorio).
g) Metodología de caracterización a fractura de aceros ferríticos en el campo nuclear, en
caso de reducida disponibilidad.
2. El anexo I de esta convocatoria especifica el objetivo de cada línea y su descripción. Los
proyectos que se presenten deberán encuadrarse en una de dichas líneas.
3. Esta convocatoria tiene como objetivo contribuir al cumplimiento de los objetivos
establecidos en el Plan de I+D+i y en el Plan Estratégico del CSN, que se enmarcan dentro de
las competencias y funciones establecidas en la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del
CSN.
1. Las actividades que se financien desarrollarán proyectos de I+D+i en algunas de las líneas
relacionadas en el artículo 1 de esta convocatoria.
2. Los proyectos que se presenten a esta convocatoria tendrán un período de ejecución mínimo
de dos años y máximo de tres años, contados a partir del día siguiente al de la fecha de
notificación a los interesados de la resolución de concesión.
3. No obstante lo anterior, la duración de un proyecto podrá prorrogarse hasta un máximo de
doce meses, posteriores a la fecha de finalización inicialmente prevista en la solicitud, previa
solicitud motivada por el responsable del proyecto, que deberá ser aceptada por la Presidencia
del CSN o por el órgano en el que delegue.
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